¿Qué es un autónomo colaborador familiar?
El autónomo colaborador familiar es una figura legal dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) que permite que familiares directos trabajen en un negocio familiar de forma habitual, continua y con cotización en la Seguridad Social.
Se utiliza principalmente en pequeños negocios, comercios o empresas familiares, y su regulación principal se encuentra en la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo y en la Ley General de la Seguridad Social.
En la práctica, hablamos de personas como:
- Cónyuges o parejas de hecho.
- Hijos mayores de 16 años.
- Padres, hermanos u otros familiares de hasta segundo grado.
Ejemplo: Un autónomo en Salamanca con una tienda de alimentación que contrata a su pareja para trabajar de forma estable.
Requisitos para ser autónomo colaborador familiar en 2025
Según la Seguridad Social, para que un familiar pueda ser autónomo colaborador debe cumplir:
- Parentesco
Ser cónyuge, pareja de hecho registrada, ascendiente, descendiente u otro familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. - Convivencia y dependencia económica
Vivir en el mismo domicilio y depender económicamente del autónomo titular. - Actividad continuada
No puede tratarse de trabajos puntuales o esporádicos; debe existir habitualidad. - Alta en el RETA
El colaborador debe inscribirse como autónomo en la Seguridad Social.
Cotización del autónomo colaborador familiar
Desde la reforma del sistema de cotización por ingresos reales (2023), los autónomos colaboradores también cotizan según los rendimientos netos.
En 2025, la base mínima de cotización para un autónomo colaborador es de 1.000 € mensuales, independientemente de sus ingresos, y el tipo general es el 31,4%.
Periodo | Bonificación | Base mínima (€) | Cuota mensual aprox. (€) |
---|---|---|---|
Meses 1 a 18 | 50% | 1.000 | 157 |
Meses 19 a 24 | 25% | 1.000 | 235,50 |
A partir del mes 25 | 0% | 1.000 | 314 |
Bonificación por la contratación de familiares del trabajador autónomo
Los autónomos colaboradores disfrutan de una bonificación importante en sus cuotas a la Seguridad Social, diseñada para incentivar la incorporación de familiares al negocio.
¿En qué consiste la bonificación?
- 50% de reducción en la cuota por contingencias comunes durante los primeros 18 meses desde el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- 25% de reducción en la cuota durante los 6 meses siguientes.
El beneficio se extiende hasta 24 meses desde el alta.
Estas reducciones se aplican sobre la base mínima de cotización que corresponda al autónomo colaborador.
Requisitos para acceder a la bonificación
- Ser familiar directo del autónomo titular (cónyuge, hijos, padres, hermanos u otros hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad).
- Convivir en el mismo domicilio y trabajar de forma habitual en la actividad del autónomo titular.
- No estar dado de alta como trabajador por cuenta ajena en el momento del alta en RETA como colaborador.
- No haber estado de alta en RETA como autónomo en los últimos 5 años.
Ventajas de ser autónomo colaborador familiar
- Bonificaciones en la cuota: ahorro en las cotizaciones durante los dos primeros años.
- Protección social: derecho a prestaciones por incapacidad temporal, maternidad/paternidad y jubilación.
- Formalización laboral: seguridad jurídica frente a inspecciones.
- Fomento del empleo familiar: especialmente en negocios locales en Salamanca y Castilla y León.
Obligaciones fiscales y trámites
El autónomo colaborador no presenta declaraciones trimestrales de IVA o IRPF; estas obligaciones corresponden al titular del negocio.
El proceso habitual para el alta es:
- Alta en Hacienda (modelo 036 o 037) → se indica que se trata de un colaborador.
- Seguridad Social (RETA): alta como autónomo colaborador.
- Firma de contrato familiar (opcional pero recomendable para demostrar la relación laboral).
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Preguntas frecuentes sobre el autónomo colaborador familiar
¿Es obligatorio vivir en el mismo domicilio que el titular?
Sí. La convivencia en el mismo domicilio es uno de los requisitos clave para ser considerado autónomo colaborador familiar, junto con el parentesco y el trabajo habitual.
¿Qué pasa si dejo de convivir con el titular?
Si dejas de convivir con el titular del negocio, dejas de cumplir los requisitos legales y deberás modificar tu situación laboral, bien dándote de alta como autónomo individual o pasando a otra relación contractual que se ajuste a tu nueva situación.
¿Qué bonificaciones existen para autónomos colaboradores?
En 2025, los autónomos colaboradores disfrutan de una reducción del 50% de la cuota durante los primeros 18 meses y del 25% durante los siguientes 6 meses.
El autónomo colaborador familiar es una excelente opción para formalizar la colaboración de familiares en negocios y cuenta con importantes bonificaciones en la cotización y beneficios sociales.
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