Cálculo del IRPF en la nómina: cómo saber cuánto te tienen que retener en 2026

20 Ago, 2026

El porcentaje de IRPF que aparece en una nómina no depende únicamente del sueldo. Para calcularlo se tienen en cuenta la retribución prevista durante el año, determinadas circunstancias personales y familiares y otros datos que pueden modificar el resultado.

Por eso, dos trabajadores con el mismo salario bruto anual pueden tener retenciones diferentes.

En 2026, la Agencia Tributaria dispone de un Servicio de Cálculo de Retenciones específico para comprobar el tipo aplicable en cada caso.

¿Cómo saber cuánto IRPF me tienen que retener en la nómina?

Para saber qué IRPF te corresponde, hay que calcular primero la base sobre la que se determina la retención, aplicar el mínimo personal y familiar que proceda, obtener la cuota de retención y, finalmente, calcular el porcentaje que se aplicará sobre las retribuciones.

No existe, por tanto, un porcentaje único de IRPF asociado directamente a cada salario.

El Reglamento del IRPF establece expresamente que el tipo de retención se obtiene dividiendo la cuota de retención entre la cuantía total de las retribuciones previstas y multiplicando el resultado por 100.

¿Qué es la retención del IRPF de una nómina?

La retención de IRPF es una cantidad que la empresa descuenta de determinados rendimientos del trabajo y posteriormente ingresa en Hacienda.

No es un impuesto diferente ni un coste adicional para el trabajador: constituye un pago a cuenta del IRPF.

Las cantidades retenidas durante el año se tienen posteriormente en cuenta al calcular la declaración de la Renta. Por este motivo, una retención baja no significa necesariamente pagar menos IRPF y una retención alta tampoco significa necesariamente pagar más impuesto en términos definitivos.

El resultado final dependerá de la situación fiscal completa del contribuyente.

¿Cómo se calcula el IRPF de una nómina en 2026?

El procedimiento de cálculo es más complejo que aplicar directamente uno de los conocidos “tramos del IRPF” al salario bruto.

1. Se calcula la retribución anual prevista

Como regla general, para determinar la retención se parte de la cuantía total de las retribuciones que previsiblemente vaya a percibir el trabajador durante el año natural.

Esto significa que la empresa no calcula el IRPF observando únicamente el salario de un mes.

Puede tener que considerar:

  • salario fijo;
  • complementos salariales;
  • retribuciones variables previsibles;
  • determinadas retribuciones en especie;
  • otras cantidades que formen parte de las retribuciones computables.

Por ello, un cambio en el salario durante el ejercicio puede obligar posteriormente a recalcular la retención.

2. Se determina la base para calcular el tipo de retención

A las retribuciones computables se les aplican las minoraciones previstas en la normativa para determinar la base sobre la que se realizará el cálculo.

Entre ellas pueden intervenir determinados gastos y reducciones contemplados en la Ley y el Reglamento del IRPF.

No debe confundirse esta base para calcular la retención con el salario bruto que aparece en la nómina.

3. Se tienen en cuenta las circunstancias personales y familiares

El cálculo también puede variar en función de datos como:

  • situación familiar;
  • hijos y otros descendientes que cumplan los requisitos;
  • ascendientes en los supuestos previstos;
  • discapacidad del trabajador o de determinados familiares;
  • pensión compensatoria a favor del cónyuge;
  • determinadas anualidades por alimentos fijadas judicialmente.

Estas circunstancias deben estar correctamente comunicadas al pagador para que puedan tenerse en cuenta.

4. Se calcula el mínimo personal y familiar

El procedimiento de retenciones incorpora el mínimo personal y familiar que corresponda según la normativa.

Los descendientes, por ejemplo, pueden modificar este cálculo. Por eso no es correcto determinar el porcentaje de IRPF atendiendo únicamente al sueldo bruto.

5. Se obtiene la cuota de retención

Una vez calculada la base, se aplica la escala prevista para obtener la cuota de retención.

La escala vigente utilizada dentro del procedimiento general es:

Base para calcular el tipo de retención Tipo aplicable al tramo
Hasta 12.450 € 19 %
De 12.450 € a 20.200 € 24 %
De 20.200 € a 35.200 € 30 %
De 35.200 € a 60.000 € 37 %
De 60.000 € a 300.000 € 45 %
Más de 300.000 € 47 %

Esta tabla no indica el porcentaje que debe aparecer directamente en una nómina.

Los porcentajes se aplican progresivamente a la base utilizada dentro del procedimiento de cálculo. Después se tienen en cuenta, entre otros elementos, el mínimo personal y familiar para obtener la cuota correspondiente.

6. Se obtiene el porcentaje final de retención

El tipo se obtiene, de forma simplificada, mediante esta relación:

Cuota de retención ÷ retribución anual computable × 100 = tipo de retención

Ese porcentaje es el que posteriormente se aplica, con las particularidades y regularizaciones que correspondan, a las retribuciones satisfechas al trabajador.

¿Qué IRPF me corresponde en la nómina?

No se puede saber correctamente qué IRPF te corresponde conociendo únicamente tu salario.

Estos son algunos de los factores que pueden modificar el cálculo:

Factor ¿Puede influir en la retención?
Retribución anual prevista
Situación personal y familiar
Número y circunstancias de los descendientes
Determinadas situaciones de discapacidad
Variaciones salariales durante el año
Pensiones compensatorias en los supuestos previstos
Determinadas anualidades por alimentos
Estar simplemente en un determinado “tramo del IRPF” No determina por sí solo la retención final

Por ejemplo, dos trabajadores que cobran 25.000 euros brutos anuales no tienen necesariamente que soportar exactamente la misma retención si sus circunstancias personales y familiares son diferentes.

Lo mismo ocurre con salarios de 18.000, 30.000 o 40.000 euros: conocer el sueldo permite iniciar el cálculo, pero no determinar por sí solo el porcentaje correcto.

Tabla de retenciones de IRPF 2026: ¿existe un porcentaje según el sueldo?

Es habitual buscar una tabla de retenciones de IRPF de la nómina para averiguar qué porcentaje corresponde según el salario.

Sin embargo, hay que distinguir dos conceptos.

Los tramos del IRPF no son el porcentaje de tu nómina

Que parte de la base esté dentro de un tramo del 30 %, por ejemplo, no significa que deban descontarte un 30 % de todo tu salario.

El IRPF utiliza una escala progresiva y el cálculo de la retención incorpora otros elementos antes de determinar el porcentaje final.

Por eso son incorrectas las tablas que presentan equivalencias automáticas del tipo:

“25.000 euros de salario = X % de IRPF”.

Sin conocer las demás circunstancias necesarias no puede obtenerse un porcentaje fiable.

Límites excluyentes de la obligación de retener

El Reglamento sí establece determinadas cuantías por debajo de las cuales, en el procedimiento general y siempre que no concurran supuestos sujetos a tipos fijos o mínimos, no se practica retención.

Los límites vigentes son:

Situación del contribuyente 0 descendientes 1 descendiente 2 o más
Soltero, viudo, divorciado o separado legalmente en la situación prevista reglamentariamente 17.644 € 18.694 €
Casado cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 € anuales, excluidas las exentas 17.197 € 18.130 € 19.262 €
Otras situaciones 15.876 € 16.342 € 16.867 €

Estas cantidades son límites excluyentes de retención, no una tabla que asigne un porcentaje de IRPF a cada nivel salarial.

Además, existen supuestos en los que se aplican tipos fijos o mínimos y en los que estos límites no operan de la misma manera.

IRPF y salario mínimo en 2026: ¿qué ha cambiado?

El Salario Mínimo Interprofesional de 2026 se ha fijado en 1.221 euros mensuales, equivalentes a 17.094 euros anuales cuando se consideran catorce pagas.

Además, con efectos desde el 1 de enero de 2026 se modificó la deducción por obtención de rendimientos del trabajo con la finalidad de evitar la tributación en IRPF de los perceptores del SMI que cumplan los requisitos establecidos.

La norma fija:

  • 590,89 euros anuales de deducción para determinados rendimientos íntegros del trabajo iguales o inferiores a 17.094 euros.
  • Para rendimientos superiores a 17.094 euros e inferiores a 20.048,45 euros, la deducción disminuye progresivamente según la fórmula establecida legalmente.
  • Para poder aplicarla, además deben cumplirse los restantes requisitos previstos en la norma, entre ellos el relativo a otras rentas distintas de esos rendimientos del trabajo.

Es importante no confundir esta deducción con una supuesta “tabla de retenciones de nómina”. Se trata de una medida que opera en la determinación del IRPF en los términos establecidos legalmente y no sustituye el procedimiento reglamentario utilizado para calcular las retenciones.

¿Qué es el Modelo 145 y cómo afecta al IRPF de la nómina?

El Modelo 145 sirve para comunicar al pagador determinados datos personales y familiares que pueden afectar al cálculo de las retenciones sobre los rendimientos del trabajo.

Entre otros aspectos, permite comunicar las circunstancias familiares relevantes para calcular el tipo correspondiente.

El trabajador no presenta el Modelo 145 directamente ante Hacienda. Se facilita al pagador de los rendimientos, normalmente la empresa, que debe conservar la comunicación.

Con carácter general, la comunicación se realiza antes del primer día del año o al comenzar la relación laboral. No es necesario presentar un nuevo Modelo 145 cada año mientras no cambien los datos comunicados.

Si durante el ejercicio se produce una variación de las circunstancias personales o familiares, puede ser necesario actualizar la información.

Cuando el cambio implica un mayor tipo de retención, el Reglamento establece que debe comunicarse al pagador en el plazo de diez días desde que se produce. Si la variación permite un tipo inferior, puede comunicarse para que se realice la correspondiente regularización.

¿Por qué me ha cambiado el IRPF de una nómina a otra?

El porcentaje de IRPF puede cambiar durante el año.

La normativa obliga a regularizar el tipo en determinadas situaciones. Entre las más habituales se encuentran cambios en las retribuciones previstas o modificaciones en circunstancias utilizadas para efectuar el cálculo.

Por ejemplo:

Una subida de sueldo

Si aumenta la remuneración que previsiblemente se recibirá durante el año, la empresa puede tener que recalcular la retención.

Retribuciones variables

Determinadas variaciones en las cantidades que previsiblemente va a percibir el trabajador también pueden provocar una regularización.

Cambios personales o familiares

El nacimiento de un hijo, determinadas variaciones relacionadas con descendientes o ascendientes, una situación de discapacidad o algunas circunstancias establecidas judicialmente pueden afectar al cálculo.

Cuando procede una regularización se calcula una nueva cuota teniendo en cuenta la nueva situación y las retenciones ya practicadas. El nuevo porcentaje se aplica sobre las retribuciones que resten hasta finalizar el ejercicio.

Por eso es posible que el IRPF aumente o disminuya en determinadas nóminas sin que se trate necesariamente de un error.

¿Por qué me retienen un 2 % de IRPF?

El 2 % no es el tipo mínimo general para todas las nóminas.

El Reglamento establece actualmente un tipo mínimo del 2 % para determinados contratos o relaciones de duración inferior al año, así como para determinados rendimientos derivados de relaciones laborales de artistas y de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares vinculadas a dichas actividades.

Existen además otros tipos mínimos para determinadas relaciones laborales especiales.

Por tanto, encontrar un 2 % en una nómina no permite concluir, por sí solo, que la retención sea correcta o incorrecta. Hay que comprobar las características de la relación laboral y el resto de datos utilizados para efectuar el cálculo.

¿Puedo pedir que me retengan más IRPF en la nómina?

Sí.

El trabajador puede solicitar por escrito a su pagador que aplique un porcentaje de retención superior al que resulte del cálculo ordinario.

Si la solicitud se presenta al menos cinco días antes de la confección de la nómina, el pagador está obligado a atenderla.

El porcentaje solicitado se mantiene, como mínimo, hasta final de año y puede continuar en ejercicios posteriores mientras el trabajador no renuncie por escrito o solicite uno superior, salvo que las circunstancias determinen legalmente un porcentaje aún mayor.

Esto puede resultar útil, por ejemplo, cuando una persona prevé que las retenciones acumuladas durante el ejercicio pueden resultar insuficientes.

No funciona al contrario: el trabajador no puede elegir libremente una retención inferior a la que corresponda legalmente.

¿Tener hijos reduce el IRPF de la nómina?

Tener hijos puede influir en la retención, pero no existe una cantidad fija que se “descuente del IRPF de la nómina por cada hijo”.

Los descendientes que cumplen los requisitos establecidos por la normativa intervienen en el cálculo del mínimo personal y familiar.

El resultado depende, entre otros factores, del número de descendientes, sus circunstancias y de si procede su cómputo íntegro o por mitad.

Esta información debe comunicarse correctamente al pagador para que pueda tenerse en cuenta al calcular la retención.

Por tanto, expresiones como “deducción de X euros por hijo en cada nómina” simplifican de forma incorrecta el funcionamiento del IRPF.

¿Qué ocurre con el IRPF si tienes dos pagadores?

Tener dos pagadores no implica pagar automáticamente más IRPF.

El problema puede aparecer porque cada pagador practica las retenciones correspondientes a las cantidades que satisface y a la información de la que dispone. Al calcular posteriormente el impuesto sobre el conjunto de las rentas obtenidas durante el ejercicio, las cantidades retenidas pueden resultar inferiores a la cuota final.

Esto explica por qué algunas personas que han cambiado de empresa, han combinado trabajo y prestación por desempleo o han tenido varios empleadores se encuentran con una declaración a pagar.

Si estás en esta situación, puedes consultar nuestra guía sobre cómo calcular el IRPF con dos pagadores.

¿Dónde puedo calcular oficialmente mi retención de IRPF en 2026?

La Agencia Tributaria dispone del Servicio de Cálculo de Retenciones 2026, diseñado específicamente para determinar la retención correspondiente a los rendimientos del trabajo.

Para utilizarlo tendrás que introducir información sobre:

  • datos personales;
  • situación familiar;
  • ascendientes y descendientes cuando corresponda;
  • situación laboral;
  • datos económicos;
  • determinadas circunstancias que puedan afectar al cálculo;
  • información relativa a regularizaciones, si procede.

Puedes acceder al Servicio de Cálculo de Retenciones 2026 de la Agencia Tributaria.

Es la referencia adecuada para comprobar un supuesto concreto, ya que reproduce el procedimiento oficial utilizado para el ejercicio 2026.

Errores frecuentes al interpretar el IRPF de una nómina

Confundir el tramo de IRPF con la retención. Estar dentro de un determinado tramo no significa aplicar ese porcentaje a todo el salario.

Comparar únicamente el sueldo de dos trabajadores. El mismo salario no implica necesariamente la misma retención.

Confundir IRPF con cotizaciones a la Seguridad Social. Son deducciones distintas de la nómina y responden a conceptos diferentes.

No actualizar los datos personales o familiares. Determinados cambios deben comunicarse al pagador para que pueda regularizarse correctamente la retención.

Pensar que una retención baja equivale a pagar menos impuestos. La retención es un pago a cuenta. El impuesto definitivo se determina teniendo en cuenta el conjunto de la situación fiscal del contribuyente.

Pensar que dos pagadores hacen pagar más IRPF automáticamente. Lo relevante es la tributación correspondiente al conjunto de las rentas y las retenciones practicadas durante el ejercicio.

Preguntas frecuentes sobre el IRPF de la nómina en 2026

¿Cómo puedo saber qué IRPF me corresponde?

Hay que conocer la retribución anual prevista y las circunstancias personales y familiares que afecten al cálculo. La Agencia Tributaria dispone de un Servicio de Cálculo de Retenciones específico para 2026 con el que puede comprobarse el porcentaje correspondiente a un supuesto concreto.

¿Existe un IRPF mínimo en una nómina?

No existe un porcentaje mínimo universal aplicable a todas las nóminas. La normativa establece tipos mínimos en determinados supuestos, como el 2 % para ciertos contratos o relaciones de duración inferior al año, pero no puede generalizarse a todos los trabajadores.

¿Es posible que una nómina no tenga retención de IRPF?

Sí. El resultado del procedimiento puede ser un tipo del 0 % en determinados casos. El Reglamento también establece límites cuantitativos excluyentes de la obligación de retener, aunque estos no se aplican a todos los supuestos ni sustituyen las reglas de los tipos fijos o mínimos.

¿Puede cambiar el porcentaje de IRPF durante el año?

Sí. Una modificación de las retribuciones previstas o determinadas variaciones personales, familiares o laborales pueden hacer necesaria una regularización del tipo de retención.

¿Puedo pedir a la empresa que me retenga más?

Sí. El Reglamento permite solicitar por escrito un porcentaje superior al resultante del cálculo. La empresa debe atender la solicitud cuando se presenta al menos cinco días antes de confeccionar la nómina.

¿Cobrar más hace que todo mi sueldo tribute a un porcentaje superior?

No. El IRPF utiliza una escala progresiva. Alcanzar un tramo superior no hace que toda la renta pase automáticamente a tributar al porcentaje de ese tramo.

¿La retención de la nómina es lo mismo que el IRPF que pagaré finalmente?

No. La retención es un pago a cuenta. La cuota definitiva del IRPF se determina en la declaración teniendo en cuenta el conjunto de ingresos, circunstancias y beneficios fiscales que correspondan.

¿Necesitas ayuda con el cálculo y la gestión de las nóminas?

Aplicar correctamente las retenciones forma parte de una gestión laboral adecuada. Para las empresas es importante revisar las retribuciones, los datos comunicados por los trabajadores y las regularizaciones que puedan producirse durante el ejercicio.

En AFC Asesoría nos encargamos de la gestión de nóminas, retenciones y obligaciones laborales para empresas y autónomos.

También puedes consultar nuestro servicio de asesoría laboral en Salamanca y de asesoría fiscal si necesitas revisar cómo afecta el IRPF a tu empresa o a una situación concreta.

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