En España para poder operar un comercio electrónico es necesario darse de alta como empresario o profesional tanto en Hacienda como en la Seguridad Social, sin importar el volumen de ventas y negocio que se tenga. Así mismo, cualquier tienda online con sede fiscal en España deberá saber qué impuesto aplicar al producto o servicio que está ofreciendo dependiendo de dónde se vendan.
Por ejemplo en una venta online con destinatario dentro de la Península Ibérica y Baleares el IVA a utilizar corresponderá al producto o servicio vendido (teniendo en cuenta que el destinatario puede ser una empresa o un particular); IVA general del 21%, el reducido del 10% y el súper reducido del 4%.
En dado caso de realizar ventas a Canarias, Ceuta o Melilla tener en cuenta que se rigen por otros impuestos diferentes al IVA, ya que estas operaciones se llegan a considerar como exportaciones. En Canarias habrá que aplicar el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y en Ceuta y Melilla el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI).
En cuanto a las ventas online a particulares de países de la Unión Europea se puede aplicar el IVA español, siempre y cuando tus ventas online no superen el máximo de ventas fijadas en un mes del país en cuestión porque una vez superado ese límite deberás utilizar el impuesto general de ese país.
Por otro lado, las ventas a empresas de países de la UE están exentas de IVA ya que se consideran entregas intracomunitarias de bienes y por ende, éstos serán los responsables de declarar el IVA en su país.
Finalmente, todas las ventas online realizadas a países fuera de la UE estarán exentas de IVA (al ser consideradas exportaciones) y el comprador deberá pagar los impuestos pertinentes en su país.
Si tienes pensado por abrir una tienda online y necesitas asesoramiento con todos los tramites no dudes en ponerte en contacto con nuestros asesores.